Ley de eficiencia de la Justicia: negociar antes de demandar

Escrito por el 03/04/2025

La Ley Orgánica 1/2025, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, entra en vigor este jueves, tres meses después de su publicación en el BOE. Su cambio más visible: antes de acudir a los tribunales civiles habrá que intentar un acuerdo.

La ley convierte en requisito para que se admita una demanda civil haber acudido antes a algún medio adecuado de solución de controversias, conocidos como MASC. Valen la mediación, la conciliación, la opinión de una persona experta independiente, la oferta vinculante confidencial o la negociación directa entre las partes o entre sus abogados, siempre que se trate del mismo asunto que luego se lleva al juzgado.

Hay excepciones, como la tutela de derechos fundamentales, las medidas de apoyo a personas con discapacidad, la filiación, determinadas medidas de protección de menores o el juicio cambiario. Tampoco se exige para pedir medidas cautelares previas ni para presentar una demanda ejecutiva. Las materias laboral, penal y concursal quedan fuera, al igual que los conflictos en los que sea parte una entidad del sector público.

La norma también cambia la organización judicial: sustituye los juzgados unipersonales por tribunales de instancia y transforma los juzgados de paz en oficinas de justicia en los municipios, un proceso que se aplicará de forma escalonada.

Fuente: BOE: Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia. Pieza de archivo redactada en octubre de 2026. Foto: Koppchen (CC BY 3.0), vía Wikimedia Commons.


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