El BOE publica el decreto que limita los precocinados y las frituras en hospitales, residencias y escuelas infantiles

Escrito por el 06/11/2026

El BOE publica este viernes el Real Decreto 950/2026, que restringe precocinados, frituras y productos ricos en grasas saturadas, azúcares o sal en hospitales y residencias, entre otros centros. Entrará en vigor dentro de doce meses.

Según el Ministerio de Derechos Sociales y Consumo, que impulsó la norma, afecta a hospitales, residencias y escuelas infantiles de 0 a 3 años, públicos y privados, así como a bibliotecas, universidades y museos públicos.

En residencias y hospitales, los platos precocinados se limitan a tres raciones al mes, y las frituras, a dos raciones semanales. Los menús hospitalarios para menores y los de las escuelas infantiles solo podrán incluir precocinados una vez al mes. Al menos el 90 % de las frutas y el 30 % de las hortalizas deberán ser frescas y de temporada, y un mínimo del 10 % procederá de canales cortos de distribución.

Las máquinas expendedoras deberán reservar al menos el 70 % de su espacio a productos saludables. El decreto fija además que el 25 % del coste de los alimentos corresponda a producción ecológica, aunque ese porcentaje será del 10 % durante los cuatro primeros años. No se aplicará a los contratos cuyo expediente se haya iniciado antes de su entrada en vigor.

Fuente: BOE: Real Decreto 950/2026, de 4 de noviembre, criterios para el fomento de una alimentación saludable y sostenible, Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030: El Gobierno aprueba el real decreto que restringe los alimentos precocinados y las frituras. Foto: Marianne Casamance (CC BY-SA 3.0), vía Wikimedia Commons.


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